Conociendo un poco más sobre los Derechos Humanos

LECTURA.- 



Los derechos humanos son las características esenciales de respeto, igualdad y libertad con las que nace cualquier ser humano. 

Toda persona tiene derecho a la independencia de su nacionalidad, sexo, origen nacional o étnico, raza, religión, idioma o cualquier otra condición social. Estos son ideales universales adoptados con el fin de concebir la paz entre las naciones en tiempos de guerra. Esta ideología fue concebida por una necesidad en plena crisis extrema política y social, como el caso de la Segunda Guerra Mundial.

Los derechos humanos son los derechos básicos que tenemos básicamente por existir como seres humanos. No están garantizados por ningún estado. Estos derechos universales son inherentes a cada uno de nosotros, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Van desde los derechos más simples, el derecho a la vida, hasta los derechos que dan valor a nuestras vidas, como el derecho a la alimentación, la educación, el trabajo, la salud y la libertad.

La Declaración Universal de Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1948, fue el primer documento legal en establecer la protección universal de los derechos humanos fundamentales. Cumplió 70 años en 2018, sigue siendo la base de toda ley internacional de derechos humanos. Sus 30 artículos ofrecen los principios y los bloques de las convenciones de derechos humanos, tratados y otros instrumentos jurídicos actuales y futuros.

El principio de universalidad de los derechos humanos es la piedra angular del derecho internacional de los derechos humanos. Esto supone que todos tenemos el mismo derecho a gozar de los derechos humanos. Este principio, como se recalcó primero en la Declaración Universal de Derechos Humanos, se repite en numerosas convenciones, declaraciones y resoluciones internacionales de derechos humanos.

Los derechos humanos son inalienables. No deberían suprimirse, a excepción de situaciones concretas y conforme a un procedimiento adecuado. Por ejemplo, el derecho a la libertad puede restringirse si una persona es declarada culpable de un delito por un tribunal de justicia.

Actualmente es mayormente aceptado clasificar los derechos humanos únicamente en civiles, económicos, sociales, culturales y ambientales.

Es importante decir que dentro del conjunto de derechos humanos no existen niveles ni jerarquías pues todos tienen igual relevancia, por lo que el Estado se encuentra obligado a tratarlos en forma global y de manera justa y equitativa, en pie de igualdad y dándoles a todos el mismo peso.

Aunque se pueden anumerar y platicar por mucho cada uno de los puntos que abarcan los derechos humanos, presentamos el siguiente listado de los que quizá son los que describen a dichos derechos:

  • Derecho a la vida
  • Derecho a la igualdad y prohibición de discriminación
  • Igualdad entre mujeres y hombres
  • Igualdad ante la ley
  • Libertad de la persona
  • Derecho a la integridad y seguridad personales
  • Libertad de trabajo, profesión, industria o comercio
  • Libertad de expresión
  • Libertad de conciencia
  • Libertad de imprenta
  • Derecho a la libertad de tránsito y residencia
  • Libertad de asociación, reunión y manifestación
  • Libertad religiosa y de culto
  • Derecho de acceso a la justicia
  • Derecho a la irretroactividad de la ley
  • Derecho de audiencia y debido proceso legal
  • Principio de legalidad
  • Seguridad jurídica en materia de detención
  • Seguridad jurídica para los procesados en materia penal
  • Derechos de la víctima u ofendido
  • Seguridad jurídica en las detenciones ante autoridad judicial
  • Seguridad jurídica respecto de la imposición de sanciones y multas
  • Seguridad jurídica en los juicios penales
  • Derecho a la inviolabilidad del domicilio
  • Derecho a la inviolabilidad de comunicaciones privadas
  • Derecho a la propiedad
  • Derechos sexuales y reproductivos
  • Derecho de acceso a la información
  • Derechos a la protección de datos personales
  • Derecho de petición
  • Derecho a la ciudadanía
  • Derecho a la reparación y a la máxima protección
  • Derecho a la educación
  • Derecho a la salud
  • Derecho a la vivienda
  • Derecho al agua y saneamiento
  • Derecho a la alimentación
  • Derecho a un ambiente sano
  • Derecho a la identidad y al libre desarrollo de la personalidad
  • Derechos de los pueblos y comunidades indígenas
  • Derechos agrarios
  • Derecho de acceso a la cultura
  • Derecho a la cultura física y al deporte
  • Derecho al trabajo
  • Derecho en el trabajo
  • Derecho a la seguridad social
  • Derecho de las niñas, niños y adolescentes
  • Derecho de las personas con discapacidad
  • Derecho de las personas adultas mayores
  • Derecho de las personas migrantes
  • Derecho a la reparación integral del daño
  • Derecho a la reparación por violaciones a los derechos humanos
  • Derecho a la verdad
  • Derecho a la Reinserción Social

La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos.

La obligación de protegerlos exige que los Estados protejan a las personas y a los grupos contra las violaciones de derechos humanos.

La obligación de cumplirlos supone que los Estados deben adoptar medidas positivas para facilitar el disfrute de los derechos humanos básicos.

Mientras tanto, como personas individuales, aunque tenemos derecho a disfrutar de nuestros derechos humanos, también debemos respetar y defender los derechos humanos de otras personas.


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